Entidades supervisadas
¿Quiénes deben reportar?
Para prevenir e impedir que se cometan los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en Chile, la Unidad de Análisis Financiero norma, fiscaliza y sanciona administrativamente a las empresas y personas naturales que ejercen actividades en alguno de los 34 sectores económicos detallados en el artículo 3° de la Ley 19.913 y cuyo listado se despliega más abajo. Las Entidades Supervisadas por la UAF (también llamadas Sujetos Obligados a informar) tienen la obligación legal de enviar a la UAF Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) superiores a 450 Unidades de Fomento o su equivalente en otras monedas.
Entidades Supervisadas por la Unidad de Análisis Financiero
- Administradoras de Fondos de Inversión
- Administradoras de Fondos Mutuos
- Administradoras de Mutuos Hipotecarios
- Administradoras Generales de Fondos
- Administradores de Fondos de Pensiones (AFP)
- Agentes de Aduana
- Agentes de Valores
- Bancos
- Bolsas de Productos
- Bolsas de Valores
- Casas de Cambio
- Casas de Remate y Martillo
- Casinos de Juegos
- Comité de Inversiones Extranjeras
- Compañías de Seguros
- Conservadores
- Cooperativas de Ahorro y Crédito
- Corredores de Bolsas de Valores
- Corredores de Bolsas de Productos
- Corredores de Propiedades
- Emisoras de Tarjetas de Crédito
- Empresas de Arrendamiento Financiero (leasing)
- Empresas de Factoraje (factoring)
- Empresas de Securitización
- Empresas de Transferencia de Dinero
- Empresas de Transporte de Valores
- Empresas de Gestión Inmobiliaria
- Hipódromos
- Notarios
- Operadoras de Tarjetas de Crédito
- Operadores de Mercados de Futuro y de Opciones
- Sociedades Administradoras de Zonas Francas
- Sociedades Anónimas Deportivas
- Usuarios de Zonas Francas